lunes, 3 de agosto de 2015

LEY QUE PERMITE A LA POLICÍA LOCALIZAR CELULARES: PRO Y CONTRA

¿QUÉ ES LO QUE PERMITE EL DECRETO 1182?
El presente decreto legislativo tiene por objeto fortalecer las acciones de prevención, investigación y combate de la delincuencia común y el crimen organizado, a través del uso de tecnologías de la información y comunicaciones por parte de la Policía Nacional del Perú.
Además, permite a la Policía Nacional del Perú, sin necesidad de una orden judicial, solicitar a las operadoras de telecomunicaciones la localización y geolocalización de teléfonos celulares y otros dispositivos electrónicos móviles, a fin de obtener la ubicación de una persona que cometió algún delito, así como su identidad.
Debe ser un delito cometido en flagrancia y que conlleve a una pena de más de cuatro de prisión. Asimismo, el acceso a la información de localización debe ser considerada necesaria para la investigación policial.
Las empresas de telefonía están obligadas a dar la información requerida por la Policía en un plazo de 24 horas. Luego de ello, la solicitud será validada por un juez.
La ley también ordena a las empresas de telefonía conservar los datos derivados de las telecomunicaciones (duración, destino, llamadas realizadas) de todos sus usuarios por 36 meses para permitir que esa información esté disponible para la Policía Nacional del Perú.
La coordinación para la solicitud de la información sería realizada por la División de Investigación de Alta Tecnología (Divindat), que pertenece a la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri).
El Decreto Legislativo excluye expresamente cualquier tipo de intervención de las comunicaciones. Al respecto, el viceministro de Orden Interno, general PNP. Mauricio Medina Guimaraes, indicó a La República que la norma es únicamente para ubicar geográficamente un aparato y no se permite acceso a las comunicaciones.
“Nada tiene que ver que con la escucha legal, ni las interceptaciones telefónicas ordenadas por un juez”, precisó al rotativo.



La finalidad del presente decreto legislativo es regular el acceso de la unidad especializada de la Policía Nacional del Perú, en casos de flagrancia delictiva, a la localización o geolocalización de teléfonos móviles o dispositivos electrónicos de naturaleza similar.
La unidad a cargo de la investigación policial solicita a la unidad especializada el acceso inmediato a los datos de localización o geolocalización de teléfonos móviles o dispositivos electrónicos de naturaleza similar, siempre que concurran los siguientes presupuestos:
1.      Cuando se trate de flagrante delito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 259 del Decreto Legislativo Nº 957, Código Procesal Penal.
2.      Cuando el delito investigado sea sancionado con pena superior a los cuatro años de privación de libertad.
3.      El acceso a los datos constituya un medio necesario para la investigación.
La unidad a cargo de la investigación policial, una vez verificados los supuestos del artículo precedente, pone en conocimiento del Ministerio Público el hecho y formula el requerimiento a la unidad especializada de la Policía Nacional del Perú para efectos de la localización o geolocalización.
Incautaciones a bandas de extorsionadores.
Dentro de la delegación de facultades por parte del Congreso, el Gobierno aprobó el Decreto Legislativo 1182, que busca apoyar a la Policía Nacional del Perú en la lucha contra la criminalidad organizada, como extorsionadores. Sin embargo, la iniciativa que permitirá a los agentes del orden localizar a un teléfono celular, ha sido el blanco de las críticas de un sector.
¿CUÁNTO TARDA ACTUALMENTE LA POLICÍA EN ACCEDER A LA INFORMACIÓN?
La norma busca reducir drásticamente los 90 días de espera que tardaba la autorización judicial para hacer que las empresas de telefonía entreguen la información a la Policía Nacional del Perú, indicó Medina.
Cuando ocurre un delito de extorsión vía telefónica, la Policía solicita al fiscal de turno y al juez autorización para ubicar el celular o dispositivo desde donde se realizó la comunicación. Después de un largo proceso salía la autorización, pero en ese plazo el delincuente ya ha cambiado el teléfono o chip, lo que dificultaba su captura.
CRÍTICOS Y DEFENSORES DEL DECRETO LEGISLATIVO
Algunas Organizaciones No Gubernamentales (ONG), como Hiperderecho, se han expresado en contra del Decreto Legislativo 1182 porque argumentan que el procedimiento abre una ventana peligrosa, informa.
El abogado Erick Iriarte indicó que lo más controvertido de la ley es el almacenamiento de los datos derivados de las llamadas y el procedimiento para la localización de los equipos sin autorización de un juez.
“Aunque el juez revoque la medida luego, los datos y la ubicación ya podrán haber sido obtenidos por la PNP y (el decreto) no dice qué se puede o debe hacer con ello”, precisó el abogado al rotativo.
Consideró que si bien no se vulnera el secreto a las comunicaciones, podría derivar en un abuso por parte de la Policía. “Se podrían pedir solicitudes a los operadores solo para ir tanteando, vulnerando así los derechos fundamentales”.
Por su parte, el constitucionalista Enrique Bernales sostuvo que la figura es complicada y “hay que estudiarla con mayor detenimiento porque podría tener implicaciones limítrofes”. “Podría implicar abusos por parte del Estado”.
Sin embargo, el congresista y exministro del Interior Octavio Salazar defendió la medida al considerar que cuando se dan extorsiones y secuestros, se requiere localizar el teléfono utilizado por los delincuentes.
El legislador Fernando Andrade también defendió la iniciativa. “Guardar la información es para que los jueces puedan utilizar esa información para dictar sentencias permanentes rápidamente. No podemos quitarnos las herramientas que nos van a defender”, precisó al medio.
CONCLUSIÓN:
Hoy en día la delincuencia está avanzando a niveles ya escalofriantes en nuestra sociedad, lo que es imperativo que existan nuevas formas de mejorar la seguridad en cuanto a peligros como extorsiones, bandas delincuenciales y Organizaciones encargas del TID mediante, hoy por hoy que es indispensable el uso de celulares “SMARTPHONES” en nuestra vida social, ya sea para tener vida social internet, Facebook, Twitter y otras redes sociales, por ello puede ser usado como un arma contra los ciudadanos mediante ilícitos, concluyo mencionando que la presente ley permitirá frenar la delincuencia en muchos casos organizada asimismo castigar a las personas no autorizadas invadan la vida privada violando la libertad en la telecomunicaciones

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